El Departamento de Recreación y Deportes es la Agencia Gubernamental encargada de promover la recreación y el deporte en todo Puerto Rico. Con miras a que los ciudadanos disfruten sanamente de su tiempo libre y que se beneficien de actividades recreativas y deportivas.
Misión:
Nuestra misión es brindar oportunidades a la población general a través de nuestras regiones de servicio ubicadas alrededor de todo Puerto Rico, ofreciendo actividades recreativas y programas deportivos gratuitos para el beneficio y el mejoramiento de la calidad de vida de todas las poblaciones a las cuales servimos: (niño(a)s, adultos, ancianos, personas con impedimentos).
Visión:
Nuestra visión como Agencia es ser reconocidos por nuestra efectividad, por la calidad del servicio que brindamos en el desarrollo de la recreación y el deporte, y por la satisfacción de la ciudadanía.
Entre los deberes y responsabilidades de la Oficina se encuentran la preparación de órdenes administrativas, así como la revisión y análisis de leyes, reglamentos, determinaciones judiciales, entre otros asuntos de naturaleza legal. También, asesorar al secretario del Departamento, directores, personal del DRD y público en general sobre el contenido y el alcance de las leyes, los reglamentos y la jurisprudencia. Además, se trabaja en la redacción de contratos de servicios profesionales y consultivos, arrendamientos, auspicios, acuerdos interagenciales, entre otros, y el cumplimiento de las obligaciones contractuales: así como en el registro de los contratos otorgados por la agencia ante la Oficina del Contralor. Otras responsabilidades son la revisión y el análisis de anteproyectos de leyes y la redacción de memoriales explicativos. Asimismo, emitir opiniones legales a funcionarios del Departamento, de otras agencias gubernamentales y a personas particulares relacionadas con los servicios que presta el DRD. De igual manera, la redacción de los reglamentos de la Agencia.
Por otro lado, como parte de la división de Donativos legislativos y del secretario, se orientan a las personas para la otorgación donativos; se recopilan y se verifican todos los documentos necesarios para desembolso de donativos otorgados por el secretario o por resoluciones conjuntas de la Cámara y el Senado. También se cotejan informes trimestrales luego de otorgado el donativo y se realiza el registro de los contratos en la oficina del Contralor.
Es la dependencia responsable de la custodia, el procesamiento y la confidencialidad de la información; también de proveer los servicios para mantener funcionando el Sistema de Información correspondiente a los usuarios del Departamento de Recreación y Deportes.
En virtud de las facultades otorgadas al Secretario (a) del Departamento de Recreación y Deportes por la Ley Núm. 8 del 8 de enero de 2004, según enmendada, en su Sección 6 (3 L.P.R.A. Sec. 444C(b)-(4)) se crea oficialmente la Comisión de Boxeo Profesional de Puerto Rico.
Este es un cuerpo técnico y deliberante en materia de boxeo y en su funcionamiento. Está facultada para administrar, reglamentar, dirigir y supervisar el deporte del boxeo profesional en Puerto Rico. Expide licencias y evalúa querellas o controversias que involucren al boxeo, incluidas las surgidas entre boxeadores, promotores, manejadores, entrenadores y cualquier otra persona licenciada por la Comisión. Impone medidas disciplinarias y fomenta la competencia justa y equitativa. También se asegura de que toda cartelera de boxeo profesional se lleve conforme a lo dispuesto en el reglamento.
La Comisión depende fundamentalmente de que sus promotores presenten programas de boxeo profesional, los cuales impactan a una gran parte de nuestra comunidad. Por otro lado, celebramos dos seminarios anuales que impactan a toda nuestra clientela.
Es la dependencia responsable de la custodia, el procesamiento y la confidencialidad de la información; también de proveer los servicios para mantener funcionando el Sistema de Información correspondiente a los usuarios del Departamento de Recreación y Deportes.
En virtud de las facultades otorgadas al Secretario (a) del Departamento de Recreación y Deportes por la Ley Núm. 8 del 8 de enero de 2004, según enmendada, en su Sección 6 (3 L.P.R.A. Sec. 444C(b)-(4)) se crea oficialmente la Comisión de Boxeo Profesional de Puerto Rico.
Este es un cuerpo técnico y deliberante en materia de boxeo y en su funcionamiento. Está facultada para administrar, reglamentar, dirigir y supervisar el deporte del boxeo profesional en Puerto Rico. Expide licencias y evalúa querellas o controversias que involucren al boxeo, incluidas las surgidas entre boxeadores, promotores, manejadores, entrenadores y cualquier otra persona licenciada por la Comisión. Impone medidas disciplinarias y fomenta la competencia justa y equitativa. También se asegura de que toda cartelera de boxeo profesional se lleve conforme a lo dispuesto en el reglamento.
La Comisión depende fundamentalmente de que sus promotores presenten programas de boxeo profesional, los cuales impactan a una gran parte de nuestra comunidad. Por otro lado, celebramos dos seminarios anuales que impactan a toda nuestra clientela.